jueves, 25 de marzo de 2010

Pecio


Ilustración de Daniel Ubach

(Del b. lat. pecium).

1. m. Pedazo o fragmento de la nave que ha naufragado.
2. m. Porción de lo que ella contiene.
3. m. Derechos que el señor del puerto de mar exigía de las naves que naufragaban en sus marinas y costas.

Real Academia Española


Los pecios son los restos de un artefacto o nave fabricado por el ser humano, hundido total o parcialmente en una masa de agua (mar, río, lago, embalse...). Un pecio puede ser producto de un accidente marítimo, naufragio o catástrofe natural, pero también puede ser ocasionado por abandono, hundimiento intencional, descuidos o negligencias.

Gracias Viejex por este aporte. Es una palabra nueva para mi.

3 comentarios:

Viejex dijo...

Sin embargo, la RAE no hace hincapié en un aspecto muy importante de la palabra, y es un aspecto que la diferencia de otro vocablo tan poco frecuente como ésta: la palabra "echazón" que significa Acción y efecto de arrojar al agua la carga, parte de ella o ciertos objetos pesados de un buque, cuando es necesario aligerarlo.

La gran diferencia entre las dos, es que la echazón es materia que se arroja voluntariamente y por tanto, quien la arroja no tiene derecho a exigir su devolución, mientras que el pecio, al ser fruto de un accidente sigue siendo propiedad del que naufraga.

Gracias a usted por publicarlo, faltaba más.

Mariela Torres dijo...

No la conocía. Todos los días se aprende algo nuevo en tu blog.

Besos.

Celestacha dijo...

Qué atinada tu aclaración. De dónde proviene tanto conocimiento del mundo de la navegación??

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